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Contraloría:

Buzón de quejas Contraloría IEPC

Titular y Atribuciones

C.P. Isolda del Rosario González Cisneros.

Licenciada en Contaduría Pública

  • Síntesis curricular: ver
  • Último grado de estudios: Maestría

Atribuciones

De conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Durango, el Contralor General tendrá las siguientes atribuciones:

I. Fijar los criterios para la realización de las auditorías, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos del Instituto.. ver más

Documentación

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.

Programa Anual de Trabajo

Año 2024

El Programa Anual de Trabajo es el ordenamiento rector que guía los objetivos de la Contraloría General (OIC) del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, además de contener un enfoque preventivo para desarrollar las funciones de vigilancia y control; así mismo, es el instrumento estratégico, a partir del cual se han definido acciones específicas para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para los Órganos Internos de Control y promover las que resultan en competencia del Instituto.

Año 2023

El Programa Anual de Trabajo es el ordenamiento rector que guía los objetivos de la Contraloría General (OIC) del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, además de contener un enfoque preventivo para desarrollar las funciones de vigilancia y control; así mismo, es el instrumento estratégico, a partir del cual se han definido acciones específicas para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para los Órganos Internos de Control y promover las que resultan en competencia del Instituto.

Año 2022

El artículo 140 tercer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, establece que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana contará con un Órgano Interno de Control para la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto; de igual manera el artículo 96 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, establecen la autonomía técnica y de gestión de la Contraloría General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, lo que implica la facultad para decidir su funcionamiento y funciones.

Año 2021

El Programa Anual de Trabajo es el ordenamiento rector que guía los objetivos de la Contraloría General (OIC), además de contener un enfoque preventivo para desarrollar las funciones de vigilancia y control; así mismo, es el instrumento estratégico, a partir del cual se han definido acciones específicas para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para los Órganos Internos de Control y promover las que resultan en competencia del Instituto.

Año 2020

El Programa Anual de Trabajo tiene como objetivo presentar la programación de las actividades que realizará la Contraloría General (OIC) durante el ejercicio fiscal 2020

Acuerdos

Acuerdo Covid-19

2020

Por el que se determina la suspensión del cómputo de los plazos legales y normativos previstos para el cumplimiento de sus funciones, derivado de la contingencia con motivo de la pandemia del covid-19.

Ver Acuerdo

Acuerdo de ampliación de plazo para la presentación de la declaración patrimonial de modificación

2020

Por el que se determina la ampliación de plazo para la presentación de la declaración patrimonial de modificación

Ver Acuerdo

Padrón de provedores

Solicitud de Inscripción al Padrón de Proveedores del IEPC

2024
  • Solicitud de inscripción al padrón de proveedores y prestadores de servicios por actividad empresarial del iepc
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Solicitud de Refrendo al Padrón de Proveedores del IEPC

2024
  • Solicitud de refrendo al padrón de proveedores y prestadores de servicios por actividad empresarial del iepc
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Padrón de Proveedores del IEPC
(Actualización 2024)

2024
  • Padrón de proveedores y prestadores de servicios por actividad empresarial del IEPC
    Descargar Documento

Entregas - Recepción

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.

Ley

La Ley para la entrega-recepción de las administraciones públicas del estado y municipios de Durango establece las normas generales conforme a las cuales los servidores públicos de los Poderes del Estado, los entes autónomos previstos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango o en las leyes locales, los municipios o aquéllos que administren fondos, bienes y valores públicos, entregarán a quienes los sustituyan al separarse de su empleo, cargo o comisión, los recursos humanos, financieros y materiales, así como los documentos, información y asuntos de su competencia que les hayan sido asignados, para el desempeño de las funciones de su responsabilidad.

Entrega-Recepción

El acto de interés público obligatorio y formal, mediante el cual se efectúe la Entrega-Recepción de los asuntos y recursos públicos, que se realiza mediante el acta correspondiente, en la que se describe el estado que guardan la administración de los entes, dependencias, entidades o sujeto obligado de que se trate, debiendo contener los requisitos y formatos establecidos por la presente Ley, así como el marco normativo correspondiente;

La Entrega-Recepción puede ser:

a) Final.- La que se origine el término e inicio de un ejercicio constitucional o legal de los Entes; y

b) Intermedia.- Cuando por causas distintas al cambio de administración, se separe el servidor público y/o sujeto obligado de su cargo, empleo o comisión:

¿Quiénes son los obligados?

I.- Los integrantes de los entes, desde el nivel de jefe de departamento o su equivalente;

II.- Los integrantes de los Ayuntamientos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento, o su equivalente,

III.- Los titulares de las entidades de las administraciones públicas estatales y municipales, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente;

IV.- Los sujetos obligados; y

V.- Los demás que administren recursos públicos y que la naturaleza e importancia de sus funciones determinen las disposiciones legales aplicables.

El superior jerárquico, la Contraloría u Órganos Internos de Control, podrán determinar que otros servidores públicos por la naturaleza e importancia de las funciones a su cargo, quedarán sujetos a las disposiciones de esta Ley

Documentación IEPC

Entrega Recepción

2023

Entrega Recepción

2022

Entrega Recepción

2021

Entrega Recepción

2020

Entrega Recepción

2019

Entrega Recepción

2018

Entrega Recepción

2015-2016-2017

Declaraciones Patrimoniales

Es el instrumento establecido por la Ley para que el servidor público manifieste la situación que guarda su patrimonio al tomar posesión de un cargo público y la forma en que éste evoluciona durante el desempeño de su gestión.

¿Para qué sirve?

Para llevar a cabo el registro y seguimiento del cambio en la situación patrimonial de los Servidores Públicos, así como contar con elementos de juicio sobre la razonable evolución de su patrimonio y vigilar la actuación honesta y transparente de quienes desempeñamos un cargo en el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.

¿Quiénes están obligados?

Los servidores públicos que establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

¿Cuáles son los tipos de Declaración?

(Art. 33 Ley General de Responsabilidades Administrativas).

Tipos de Declaración Patrimonial

Inicial
Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del: a) Ingreso al servicio público por primera vez;

b) Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;

Modificación
Durante el mes de mayo de cada año.

Conclusión
Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

¿Qué documentación es conveniente tener a la vista para agilizar el llenado de su declaración?

• Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
• Clave Única de Registro de Población (CURP), solo si dispone de este documento.
• Escrituras de los bienes inmuebles.
• Facturas de vehículos y tarjetas de circulación.
• Contratos y estados de cuentas bancarias del periodo que declara, así como de adeudos.
• Comprobantes de ingresos por su encargo como servidor público y por otro tipo de actividades.
• Documentación referente a los ingresos y patrimonio de su cónyuge y de sus dependientes económicos.